La nueva “Ley de creación de la Red Nacional de Hospitales” aprobada el martes por la Asamblea Legislativa crea una nueva autoridad hospitalaria que apoyará al Ministerio de Salud y que absorberá gradualmente a los hospitales que aún están bajo la Dirección Nacional de Hospitales de dicho Ministerio.

Estas son 9 claves de la normativa que buscaría iniciar con el Hospital Nacional Especializado "Rosales".

1 Nueva autoridad hospitalaria

La ley crea la Red Nacional de Hospitales como entidad descentralizada y autónoma en su patrimonio.

Su junta directiva estará conformada por:
-Un presidente designado por el presidente de El Salvador.
-Un director designado por el presidente de El Salvador.
-El ministro de Salud.
-Un director designado por la Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM).
-Un director designado por la Dirección Nacional de Compras Públicas (Dinac).

Esta junta directiva decidirá por mayoría simple, y el presidente tendrá voto doble.

Las facultades de la Red Nacional de Hospitales serán: atender la salud de la población, apoyar al Ministerio de Salud, otorgar concesiones para la salud de los habitantes, construir o remodelar hospitales o centros de salud, adjudicar obras, comprar y abastecer de medicamentos los hospitales, vigilar el funcionamiento de los hospitales y centros de salud, emitir credenciales, certificaciones y recertificaciones de especialidades y subespecialidades médicas, y convocar a los médicos residentes para las especialidades en los hospitales de la Red.

2 Régimen de compras y anticipos

La Red podrá contratar obras, bienes y servicios, concesiones, relacionadas a los servicios de salud. La contratación directa podrá ser aprobada por el presidente ejecutivo, pero, si supera el millón de dólares, deberá hacerlo la junta directiva.

En el proceso de compras, se abre la posibilidad de anticipo del 100 % y se permite un recurso de revisión una sola vez. La Red podrá reclamar daños ante retrasos por "abuso de derechos procedimentales”.

3 Contratación de médicos extranjeros sin homologación

La Red Nacional de Hospitales podrá contratar a médicos extranjeros hasta por 10 años prorrogables sin necesidad de homologación si provienen de países con sistemas de salud considerados “por encima de la escala del sistema de salud de El Salvador”. Los médicos extranjeros podrán ejercer la docencia.

4 Obligación de colaboración por parte de privados

Todas las entidades públicas o privadas estarán obligadas a brindar colaboración en los requerimientos que formule la Red Nacional de Hospitales con "celeridad, prontitud y prioridad".

5 Servicio obligatorio para médicos residentes

Cuando los médicos hayan culminado su residentado para su especialidad en la Red Nacional de Hospitales tendrán la obligación de prestar un servicio compensatorio obligatorio durante cinco años de “forma exclusiva” en la Red o en el lugar que esta le designe.
La ley crea un "Sistema de becas" para la especialización del personal de la Red Nacional de Hospitales que se basará en la ya actual Ley para la regulación de las prácticas clínicas de estudiantes de internado rotatorio, año social y médicos y odontólogos residentes en proceso de especialización (aprobada en enero de 2019).

6 Médicos deberán ser exclusivos de la Red

Los médicos que conformen parte de la Red no podrán prestar servicios privados de salud o realizar intervenciones en clínicas u hospitales privados salvo en emergencias con autorización respectiva.

7 Integración de médicos residentes actuales a la nueva Red

Los médicos residentes del Sistema Nacional Integrado de Salud podrán solicitar a la Red la opción de culminar su programa de residencia en la Red Nacional de Hospitales durante el tiempo que reste. Si el médico residente pasa a la Red, quedará sujeto a los artículos 39 (servicio obligatorio) y 44 (sanciones). La ley indica que el tiempo compensatorio será “el mismo que tenían fijado en la institución de procedencia”.

8 Su propio sistema de vigilancia

La Red no será supervisada por la Superintendencia de Regulación Sanitaria sino que tendrá su propio sistema de vigilancia.

9 Compra de medicamentos

Los medicamentos o tratamientos podrán ser comprados en el extranjero exigiendo solo el certificado de cumplimiento de buenas prácticas de manufactura internacionales otorgado por la autoridad competente a los interesados "respecto de los laboratorios fabricantes”, aunque “se aceptará” el certificado emitido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) u organismos encargados. La Red tendrá un Laboratorio de Control de Calidad “para verificar la calidad" de los medicamentos que comprará.