El ministro de Medio Ambiente, Fernando López, entregó a la Asamblea Legislativa un proyecto de nueva "Ley de fomento para el uso de la energía renovable" que eximirá de todo impuesto la importación, comercialización, la instalación y el mantenimiento de los sistemas de generación de energía con fuentes renovables.
Los beneficios fiscales tendrían una vigencia de 10 años según el proyecto.
Según la propuesta, serán beneficiados con exenciones fiscales los proveedores de los sistemas o equipos, para lo cual deberán registrarse como contribuyentes, y también los usuarios finales que adquieran dichos sistemas o contraten su instalación o mantenimiento.
Así, los usuarios finales podrían deducir de su renta gravable el gasto que hicieron en la compra o instalación de los equipos.
La Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget), según el proyecto, regularía requisitos para los proveedores y usuarios finales; y establecería un catálogo de sistemas.
La ley también facultaría a la Siget a que emita un pliego tarifario con "la tarifa a la cual la distribuidora deberá reconocer los excedentes de energía eléctrica inyectados a la red de distribución". Tendrá 60 días para emitir reglamento.
En El Salvador ya existe una "Ley de incentivos fiscales para el fomento de las energías renovables en la generación de electricidad", aprobada el 8 de noviembre de 2007, sin embargo, esta exime "durante los primeros 10 años" la importación de maquinaria, equipos o insumos para inversión en obras de energía y también exime por cinco años los ingresos por proyectos de generación de energía superiores a 10 megavatios y 10 años en proyectos de 10 o menos megavatios. Esta normativa no es mencionada en el proyecto propuesto.
También, en agosto de 2017, la Siget emitió una norma para usuarios finales productores de energía eléctrica con recursos renovables, con el fin de que pudieran inyectar excedentes de energía a la red de distribución eléctrica.
La “Norma para usuarios finales productores de energía eléctrica con recursos renovables”, aprobada el 22 de agosto de 2017, que no incluye incentivos fiscales, establece que todo usuario final que desee instalar una unidad de generación de energía eléctrica con fuente renovable dentro de sus instalaciones, con el fin de abastecer su consumo, deberá notificar a la distribuidora y solicitar el cambio del equipo de medición.
En su propuesta, el gobierno consideró que, aún con esta norma, es "indispensable crear un marco legislativo".
¿Qué impuestos eximirían por 10 años?
El proyecto de nueva ley plantea que busca incentivar la importación, venta o comercialización de sistemas de generación de energía eléctrica producida por fuentes renovables convencionales o no, así como incentivar la adquisición de equipo para autoconsumo y los servicios de mantenimiento a estos.
Para ello, los incentivos fiscales que estarían vigentes por un periodo de 10 años serían:
-Exención del Impuesto sobre la Renta o ganancias por dicha actividad o de retenciones.
-Exención total de IVA.
-Exención de impuestos y gravámenes a la importación, en especial los Derechos Arancelarios a la Importación, por el periodo de operación a equipos, repuestos o accesorios para la instalación de los sistemas.
