La Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa dictaminó este lunes una reforma a la Ley general de migración y extranjería, para bajar de nueve meses a 90 días la permanencia mínima a los extranjeros con residencia temporal, facilitar la nacionalización de hijos de extranjeros naturalizados y definir que la pérdida definitiva de la nacionalización será por condenas de delitos dolosos graves.

La reforma exigirá que permanezcan en territorio nacional por un mínimo de 90 días dentro de cada año, ya sea consecutivos o acumulados. La gerente de Extranjería de la Dirección General de Migración y Extranjería, Eleonora Eizabeth de Marroquín, explicó que actualmente deben permanecer nueve meses.

“La exigencia que tenemos hoy es nueve meses dentro del territorio y no pueden estar afuera 90 días, la propuesta es que permanezcan 90 días dentro del territorio ya sea consecutivos o acumulados dentro de un año, para que no tengan que perder su calidad como residente”, explicó a los diputados.

La gerente de Extranjería argumentó que han visto que la migración ha ido cambiando y por ello deben ajustar nuevos procedimientos, en este caso, señaló que algunos tienen “vacíos”. Señaló que los objetivos son fortalecer la jurídica y armonizar la legislación con principios constitucionales.

“El perfil de los extranjeros que hace 20 años venían al país ya no son los mismos que vienen ahora, ahora la mayoría son personas de negocios, inversionistas. Sus mismos tipos de trabajo necesitan moverse más seguido”, indicó.

Un segundo cambio a la ley será facilitar la nacionalización salvadoreña de los hijos de las personas extranjeras que hayan sido nacionalizadas salvadoreñas.

Un tercer cambio será que quienes pierdan la nacionalidad salvadoreña no podrán recuperarla si han sido condenados por “delitos dolosos graves”. Migración, como modificación al proyecto original, pidió que se agregara “graves”.

La Constitución de la República establece en el artículo 94 que la calidad de salvadoreño naturalizado se pierde por «sentencia ejecutoriada en los casos que determine la ley» –no especifica cuáles delitos– y que «quien pierda así la nacionalidad no podrá recuperarla».

El diputado Raúl Chamagua, de Nuevas Ideas, aseguró que “no es que los requisitos o las exigencias de lo que la ley vigentes es que se vayan a poner a menos, entiendo yo que es prácticamente lo mismo salvo ciertas flexibilizaciones” que consideró totalmente válidas. “Muchas personas que estaban en este proceso de tener la nacionalidad o la naturalización se quejaban de ese punto, que no podían sostener los 90 días consecutivos de permanencia en el territorio por muchas razones”, indicó.

Chamagua agregó que los requisitos de la ley vigente son los mismos “con la diferencia que ahora lo especifica dentro de 90 días calendario ya sea consecutivos o acumulados”. “No es que se estén eliminando estos requisitos, hay que dejarlo muy claro”, subrayó.