El Gobierno entregó el martes un paquete de reformas a cuatro leyes para aplicar la cadena perpetua a personas condenadas por delitos de homicidio simple, homicidio agravado, feminicidio, feminicidio agravado, violación y pertenencia a organizaciones terroristas.
Las reformas se realizarían a cuatro normativas: Código Penal, a la Ley especial contra actos de terrorismo, a la Ley especial integral para una vida libre de violencia para las mujeres (LEIV) y a la Ley Penal Juvenil.
La reforma al Código Penal también incluye la posibilidad de otorgar, al condenado a cadena perpetua, el régimen de «libertad controlada» luego de una revisión obligatoria de las penas cuando hayan cumplido: 25 años para delitos cometidos por menores, 30 años si solo es un delito, 35 años si son dos o más delitos y 40 años cuando haya una agravante o haya «extrema gravedad cualificada».
Los anteproyectos de reformas serán recibidos este miércoles por la Comisión Política de la Asamblea Legislativa, que está convocada para las 2:00 de la tarde.
Esta Comisión deberá estudiar antes una iniciativa para ratificar la reforma al artículo 27 de la Constitución, cuyo acuerdo fue aprobado el martes, que levanta la prohibición de la cadena perpetua en El Salvador. La ratificación deberá ser aprobada en el pleno antes de las reformas penales.
Las reformas a estudio
La propuesta de reforma al Código Penal establece como pena la «prisión perpetua» para los delitos: homicidio simple, homicidio agravado, violación, violación en menor de 15 años de edad, violación en menor o incapaz, y para la pertenencia a organización criminal o terrorista.
También, la pena de prisión perpetua se plantea para los delitos de feminicidio o feminicidio agravado en la Ley para una vida libre de violencia para las mujeres (LEIV).
Así mismo, según la propuesta de reforma a la Ley especial contra actos de terrorismo, quienes formen parte de organizaciones terroristas serán sancionados “con prisión perpetua”. La condición de cabecillas, jefes, dirigentes u organizadores, se entiende agravada «para efectos de la revisión de la pena».
En la propuesta de reforma a la Ley Penal Juvenil, también se introduce la «pena de prisión perpetua» como una de las posibles para los menores, ya que se aplicaría para los mismos delitos que establecería la reforma al Código Penal. «En el caso de los delitos cuya pena sea la prisión perpetua, se impondrá esta y la revisión de la misma se hará conforme a lo dispuesto en el Código Penal».
Agrupaciones ilícitas
En la propuesta de reforma al Código Penal, se establece que aquellas agrupaciones conformadas por al menos tres personas con la finalidad de delinquir será sancionado con prisión de 8 a 15 años, y se suprimirían las penas que estaban establecidas para las maras o pandillas.
En el Código Penal actual, las maras o pandillas eran castigados con prisión de 20 a 30 años y, si son creadores, organizadores, jefes, dirigentes, financistas o cabecillas, de 40 a 45 años.
Agravantes
En la propuesta de reforma al Código Penal, se considera «agravada» la pertenencia a organización terrorista si la persona es jefe, dirigente, financista, cabecilla, autoridad pública, promotores, o quienes ofrezcan o promuevan acuerdos de «no persecución criminal» y los «intermediarios, negociadores, mediadores, interlocutores u otras semejantes».
En otra propuesta de reforma se explica el carácter agravado del delito afecta la revisión de la pena.
