La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles una ley que concede por un plazo de 60 días calendario para que los contribuyentes paguen sus deudas que tengan con las direcciones de impuestos internos y aduanas, y para que ciudadanos paguen sus multas de tránsito pendientes sin intereses.

Los diputados no emitieron opinión sobre la normativa.

El beneficio incluye las multas en cualquier institución de la administración pública y excluye las impuestas por municipalidades.

Los que deban, en cualquier fase, Impuesto sobre la Renta, tributos o aduaneros correspondientes a periodos declaradas o liquidadas hasta el 31 de julio de 2025.

Hacienda establecerá a los beneficiados planes de pago de hasta nueve meses aunque los casos estén en tribunales de apelaciones, en la Sala de lo Constitucional o en jurisdicción contencioso administrativa o en la Fiscalía General de la República si no hay sentencia definitiva de juez.

La primera cuota será del 10 % y las siguientes ocho cuotas serán mensuales y sucesivas para casos de falta de omisión de presentar la declaración, no presentarla en el plazo legal establecido, que haya presentado una declaración incorrecta o con error aritmético; que no haya cumplido con la obligación de retener y enterar el impuesto.

También se aplicará a contribuyentes según los artículos 252, 253 y 254 del Código Tributario, es decir, con sanción por defraudación tributaria, evasión no intencional o evasión intencional.

En el resto de casos, la prima será del 20 % y pagos mensuales en los ocho meses restantes.

El incumplimiento de los plazos de pago reactivará las multas, los intereses o recargos, y se aplicará la gestión de cobro.

Cuando las multas se encuentran “líquidas, firmes y exigibles” solo serán beneficiados con “pago a plazo”.

Si los contribuyentes tienen resolución de pago a plazos, solo gozarán del beneficio las cuotas pendientes de pago.

Para aplicar a la amnistía fiscal, la ley exige que los contribuyentes desistan o renuncien parcial o totalmente demandas que hayan puesto contra Hacienda por el cobro, para ello presentarán “fotocopia de la solicitud de desistimiento o renuncia total o parcial del proceso en el que conste el sello de recepción del tribunal o instancia” que conozca el caso.

En los casos en plazo de impugnación, el mandamiento de pago deberá ser gestionado en los “Centros de atención exprés” de San Salvador y en las oficinas regionales de Santa Ana y San Miguel.

El beneficio también aplica cuando Hacienda determine una disminución de saldos a favor declarado por el contribuyente, lo cual tiene “calidad de deuda tributaria” según el artículo 74-A del Código Tributario.

 

¿Cuánto ha recuperado Hacienda en las amnistías fiscales?

Amnistía fiscal 2021: $144 millones de 234,800 contribuyentes de Impuestos Internos y 54 de Aduanas
Amnistía fiscal 2022: $131.3 millones de 25,000 contribuyentes
Amnistía fiscal 2023: $100 millones de 36,000 contribuyentes
Amnistía fiscal 2024: $105 millones de 59,493 contribuyentes
Fuente: declaraciones de Hacienda. No hay publicación de los datos exactos.